El último día antes de irse a la vacancia judicial, una consejera de Estado tomó la decisión de ordenar al Congreso y al presidente la implementación del acuerdo con las Farc usando los mecanismos extraordinarios establecidos en el acto legislativo para la paz.
Este lunes se vence el plazo para interponer recursos frente a esa providencia y el Congreso y el presidente están operando sobre la base de que el acto legislativo está vigente. Se escudan también en la decisión de la consejera. Por eso su análisis es indispensable:
Primero, fue tomada en un auto admisorio de una demanda contra el plebiscito. Lo usual es que esos autos tenga una o dos páginas. Este tiene más de cien. Después, la magistrada lo toma apenas cuatro días después de asumir el caso. ¿Tenía preparada su decisión antes de recibirlo? Tercero, la magistrada actuó para evitar que sus compañeros de tribunal se enterarán del caso y del sentido de su auto. Cuarto, prejuzga al pronunciarse sobre el fondo de la demanda cuando solo debería examinar si cumple los requisitos para ser admitida. Quinto, va en contravía de la jurisprudencia del mismo Consejo que había sostenido que los temas del plebiscito no eran de su competencia sino de la Constitucional.
Sexto, el marido y la hija tienen contratos con el gobierno. Séptimo, hay un trino de Armando Benedetti y una noticia del chavista canal Telesur que anunciaban el sentido de esa decisión varios días antes de que el caso fuera asumido por la magistrada. ¿Clarividentes? Octavo, la magistrada centra toda su providencia en sostener que la campaña del No incurrió en un “engaño generalizado” a los electores que se tradujo en “violencia sicológica” a los votantes, pero nunca prueba sus afirmaciones. No da citas textuales de las afirmaciones fraudulentas, no demuestra que los supuestos engaños los hayan realizado los promotores del No, y no verifica que hubiesen significado constreñimiento a los votantes o que su voto estuviese basado en los supuestos engaños.
Noveno, la consejera soslaya el hecho de que los promotores del Sí gastaron cinco veces más que los del No, y supone que los pronunciamientos del gobierno y la publicidad oficial, decenas de veces mayor que la del No, no tuvieron ningún efecto sobre los votantes y fueron incapaces de aclarar las “tergiversaciones” del No. Para la magistrada los votantes del No somos unos imbéciles que no podemos informarnos por nosotros mismos (los medios estaban con el Sí, excepto algún par) y los del Sí unos inútiles incompetentes para sacarnos del supuesto engaño.
Décimo, la magistrada tampoco dice una palabra sobre la campaña del Sí y su listado, ese sí, de afirmaciones falsas: Santos y De la Calle dijeron una y otra vez que el que habían firmado con las Farc era el único y el mejor acuerdo posible, que si no se aprobaba volveríamos a “la guerra”, que ahora la guerrilla atacaría las ciudades, y que sin acuerdo habría que subir los impuestos (amenaza que llevó a cabo, en todo caso). ¿Esas sí no eran afirmaciones falsas? Los hechos demostraron que todas eran mentiras. La decisión de la consejera calla que durante la campaña del plebiscito las Farc estuvieron armadas y el presidente ofreció, con descaro, trueque de casas y obras públicas por “voticos”. ¿No hubo constreñimiento al elector? ¿No se le infundió miedo ni se le amenazó?
Los medios enmermelados amplificaron la afirmación sobre el ”engaño generalizado”. Pero nunca examinaron a fondo la rarísima decisión ni sus gravísimas consecuencias.
El auto es un ataque de frente a la democracia. Desconoce la voluntad popular expresada en las urnas durante el plebiscito y ordena al congreso ir contra de su resultado. Y genera una colosal incertidumbre política y jurídica: si los resultados de las urnas pueden ser desconocidos porque un juez alega que en una campaña se dijeron mentiras o se “engañó” al elector, estamos condenados a la arbitrariedad. Y quedamos en el gobierno de los jueces y en que sus simpatías ideológicas y políticas se imponen sobre la del pueblo.
Cuando los magistrados no imparten justicia sino que hacen política…
Rafael Nieto Loaiza
Publicado: enero 17 de 2017