Excarcelaciones masivas

Excarcelaciones masivas

Análisis especial de Francisco Bernate Ochoa

Uno de los pocos países en el planeta que puede darse el lujo de no establecer límites precisos a la duración de la detención preventiva es Colombia. Esta situación, se traduce en un desconocimiento de los derechos humanos, y es una de las principales causas del hacinamiento carcelario que en  nuestro país no puede calificarse de una forma diferente a la de ser una verdadera tragedia humanitaria. Consciente de esta situación, y ante la gran cantidad de abusos por parte del Estado, la Corte Constitucional decidió, en Sentencia C-390 de 2014, que la detención preventiva tenía que tener un límite, y le ordenó al Congreso de la República legislar sobre ello, antes del 20 de Julio de 2015.

En efecto el Congreso de la República, a última hora, expidió la Ley 1760 del año 2015, en la que se establecía que nadie podía estar detenido por más de un año sin que se le resolviese su situación, término que podía duplicarse en determinados eventos.  En aras de evitar una excarcelación masiva, se dispuso en esta normatividad que este punto entraría a regir un año después, es decir, a partir del 7 de Julio del presente año.

Se dice que en los tiempos de la Colonia, como las órdenes que regían la vida en nuestros países venían desde España y solían tomar mucho tiempo en llegar a nosotros, la costumbre era la de no resolver los asuntos esperando a que la solución viniera desde el Viejo Continente, lo cual generó que en el ADN del colombiano siempre está, el “hay que mirar, vamos viendo, la otra semana miramos, el doctor está ocupadito pero ya te devuelve la llamada”, en últimas, el que todas las soluciones deben siempre diferirse, y que la mejor manera de resolver un problema es precisamente no resolverlo.

Y esto es lo que ha sucedido en esta crisis humanitaria sin paralelo en el continente. La Corte Constitucional encuentra el problema, impone una solución, pero la difiere a un año; el Congreso se enfrenta a su responsabilidad de resolver el dilema, lo hace, pero dice que a partir del año entrante, y cuando llegó el momento de ponerle la cara al desafío, sale ahora un nuevo proyecto de ley que pospone la solución un año más. Y seguramente, en el 2017 encontraremos otra excusa para seguir negando los derechos humanos de la población reclusa no condenada.

No encuentro ningún argumento que nos haga pensar, que dentro de un año habrán cambiado las condiciones que permitan aplicar un mandato de la Corte Constitucional, por lo que se seguirá acudiendo al camino fácil de estigmatizar a la población reclusa, para negarles un derecho humano como ninguno otro, el de su libertad. Pero lo más preocupante, es ver la actitud irresponsable e irreflexiva del Estado Colombiano, que, a la manera de quien no quiere pagar una deuda, se esconde de su acreedor, le apaga el celular, no solo respecto de la Corte Constitucional sino de prácticamente todas las autoridades judiciales, pues fue este el mismo comportamiento que tuvo frente a la Corte Internacional de Justicia cuando falló a favor de Nicaragua su pretensión limítrofe respecto de Colombia, o frente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en varios fallos que no se han cumplido, unos por inaplicables, y otros por incomprensibles.

Pésimo ejemplo le envían las instituciones a todos los colombianos, cuando quienes son los llamados a respetar a las autoridades se burlan de los Jueces, nacionales o internacionales de cualquier categoría, desconociendo descaradamente sus mandatos. Esta conducta es un atentado gravísimo contra la democracia, el orden y el Estado de Derecho, y seguramente explica el porqué de la violencia desbordada entre nosotros.

@Fbernate