La Corte Constitucional avaló la ley del plebiscito para refrendar los pactos entre Santos y las Farc.
Arregló parte del engendro: el Presidente quería hacer del plebiscito un mecanismo de reforma constitucional, “jurídicamente vinculante”, es decir, quería convertirlo en un referendo escondido. La Constitucional aclaró que los efectos del plebiscito “tienen un carácter exclusivamente político” y “no implican la incorporación de un texto normativo al ordenamiento jurídico”. Dicho de otra manera, para que lo aprobado en La Habana modifique la Constitución y se convierta en leyes tendrían que realizarse los trámites pertinentes en el Congreso. Sin embargo, la corrección es inocua: como Santos había precavido esa posibilidad, hizo aprobar a las malas el llamado “acto legislativo para la paz”, para introducir lo pactado por vía de considerarlo parte del bloque de constitucionalidad. Ahora la Corte tendrá que ser muy cuidadosa. Si en el plebiscito había trampas peligrosas, el “acto legislativo” es un campo minado con toda clase de barbaridades que sustituyen la Constitución, dan poderes autoritarios al Presidente, hacen del Congreso un eunuco, y cercenan de manera grave la democracia y el debate parlamentario.
La Corte también dio un paso adelante al decir que el plebiscito “no es someter a refrendación el contenido y alcance del derecho a la paz sino solamente auscultar la voluntad del electorado sobre la decisión pública contenida en el Acuerdo Final”. Es decir, no cabrá una pregunta tramposa del tipo “¿usted quiere o no la paz con las Farc?”. Se aprobarán o no los pactos de la Habana, no si se está o no a favor de la paz.
Sin embargo, la decisión de la Corte está llena de vacíos (el comunicado, para ser precisos, porque como es costumbre la sentencia no está redactada) y tiene una decidida tendencia a favor del sí. Para empezar, aceptó que bastaba con un umbral de aprobación del 13%, es decir, 4.514.802 votantes, con el censo electoral de hoy. Mucho menos de los 6.673.050 que votaron el referendo del 2003. Y mal contados, apenas cien mil más de los 4.397.090 colombianos que sufragaron hace 60 años en el plebiscito de 1957, entonces más del 90% del electorado, una prueba de que cuando los asuntos tienen el favor ciudadano, las mayorías se movilizan.
Después, la Corte decidió no darle valor a la abstención, contrariando su propia tesis jurisprudencial. Y ni siquiera dio espacio al voto en blanco como manifestación de una “abstención activa”. Ya no es inusual que la Corte se eche para atrás de acuerdo con las circunstancias, pero los permanentes giros de posición solo generan inestabilidad en las reglas de juego e inseguridad jurídica y prueban que la Corte está altamente politizada. Resulta evidente que los magistrados comparten el miedo del Gobierno de que el plebiscito se hundiera por falta de votantes.
Además, la Corte no se atrevió a establecer la financiación pública de las campañas. El Gobierno lleva ya meses haciendo propaganda a favor de los acuerdos con los dineros de todos los colombianos, incluyendo los de quienes tienen dudas sobre ellos. Si faltara algo, el Tribunal avaló que los funcionarios públicos hagan campaña. Es decir, al uso de los recursos públicos habrá que sumar el de la maquinaria burocrática. Y la presión presupuestal del Presidente y del Ministro de Hacienda a gobernadores y alcaldes. Al final, la decisión de la Corte hace que la mesa quede absolutamente desbalanceada a favor del sí.
Para rematar, la Corte ni siquiera estableció la obligación de que el plebiscito se realice con las Farc desmovilizadas y desarmadas para que no haya ningún riesgo de coacción al elector. Si no basta la propaganda oficial, el fusil estará ahí para presionar a los escépticos. Y el Tribunal termina con esta bomba: el resultado del plebiscito “solo podría ser desvirtuado en el futuro a través de un nuevo llamado institucional a la voluntad popular”.
¿Abstención o votar no? Hay que esperar el contenido del acuerdo final.