Desde sus orígenes, la civilización occidental entendió que el primer derecho no es político ni jurídico, sino existencial: el derecho a conservar la vida.
Antes del Estado, antes de la ley escrita, antes incluso de la comunidad organizada, el ser humano se reconoció a sí mismo como un ser con derecho —y deber— de resistir la agresión injusta.
La legítima defensa no nació como concesión del poder, sino como reconocimiento de una realidad antropológica elemental: nadie está obligado a dejarse matar.
Desde los albores de la civilización, el instinto de conservación y el derecho a repeler una agresión injusta han sido reconocidos como principios inherentes a la condición humana. Cicerón lo elevó a virtud cívica en la Roma republicana; Hobbes lo identificó como el núcleo indisoluble del “derecho de naturaleza” en el estado salvaje; las legislaciones modernas lo consagraron como eximente de responsabilidad penal. La legítima defensa no es, pues, un concepto jurídico entre muchos: es la línea roja que traza la frontera entre la sumisión ante la barbarie y la afirmación soberana de la vida, la libertad y la propiedad. Es el acto por el cual el individuo, ante la ausencia o la imposibilidad del Estado, se erige en último baluarte del orden elemental.
En el mundo antiguo, esta idea fue asumida sin ambigüedades. Para Aristóteles, la justicia no exigía pasividad frente a la injusticia; para el derecho romano, la vim vi repellere licet —repeler la fuerza con la fuerza— no era una desviación, sino un principio. Más tarde, la escolástica cristiana, lejos de predicar un pacifismo ingenuo, sostuvo que defender la propia vida frente a un agresor injusto era moralmente lícito, incluso cuando la consecuencia indirecta fuera la muerte del atacante.
Para John Locke, la protección de la vida, la libertad y los bienes era el fin primordial del pacto social. Cuando el Estado incumple su deber fundamental de garantizar esa protección, no solo se rompe el contrato, sino que resurge el derecho natural del individuo a garantizársela por sí mismo. Esta no es una teoría anárquica; es el fundamento mismo del Estado de Derecho: su razón de ser es la seguridad. La legítima defensa es, por tanto, la manifestación extrema y legítima de la soberanía personal, un recordatorio de que la autoridad estatal es una delegación, no una abdicación total de la capacidad de actuar.
Este principio fue incorporado a los ordenamientos jurídicos contemporáneos como causa eximente de responsabilidad penal. La legítima defensa no justifica el delito; niega que exista delito cuando la conducta es respuesta necesaria, proporcional e inmediata frente a una agresión injusta. Esta concepción fue sistematizada por los códigos penales liberales, que establecieron requisitos precisos: agresión ilegítima, racional necesidad del medio empleado, falta de provocación suficiente y defensa propia o de un tercero. El principio rector era (y es) la proporcionalidad, no la pasividad. Se entendía que exigir a un ciudadano que renuncie a su vida o a la de los suyos ante un criminal, en nombre de un pacifismo abstracto, era una crueldad mayor que la propia agresión.
Sin embargo, en el contexto de las guerras culturales del presente siglo, este derecho fundamental está siendo sometido a un revisionismo corrosivo. Se le analiza no desde la lógica de la necesidad y la proporcionalidad, sino desde la ideología de la víctima perpetua y la sospecha sistemática hacia cualquier expresión de autopreservación que emane de la sociedad civil. Lo que para la tradición jurídica occidental era un acto de coraje responsable, hoy es reinterpretado por ciertos activismos como un síntoma de radicalización ultraderechista, una mentalidad paramilitar o un vestigio de una cultura patriarcal y violenta. Este giro discursivo no es un accidente intelectual: es un frente más en la deconstrucción de los pilares de la civilización, paralelo a la “guerra cultural” que Douglas Murray diagnosticara en Occidente.
Y en ningún lugar este conflicto es más tangible, más dramático y más urgente que en la realidad colombiana. Sectores del progresismo ideológico, particularmente aquellos influidos por teorías críticas que ven en todas las estructuras de poder —incluido el derecho a la seguridad— un mecanismo de opresión, han emprendido una campaña de desprestigio contra la legítima defensa. En su relato, el defensor es siempre sospechoso: o es un burgués que privilegia su propiedad sobre la vida del “excluido” (convertido por arte de retórica en víctima social incluso cuando blande un arma), o es un fascista que sueña con justicias privadas.
Absuelve al agresor al contextualizarlo sociológicamente hasta diluir su responsabilidad individual, y criminaliza moralmente al agredido por ejercer el más básico de los instintos. Es la misma lógica que Murray describe en la guerra cultural: la autodegradación de Occidente, que aquí se traduce en la autodegradación del ciudadano honesto, obligado a disculparse por no dejarse matar, violar o despojar.
La legítima defensa se transforma así en un “privilegio” del que solo pueden gozar impunemente los criminales, protegidos por un relato que los exonera de su maldad. El agresor es reinterpretado como “producto del sistema”; la víctima, como potencial victimario. La violencia deja de analizarse como un acto concreto y se disuelve en abstracciones sociológicas que, paradójicamente, terminan justificando al criminal y culpabilizando al ciudadano que resiste.
En el ámbito de la seguridad ciudadana, millones de personas viven en ciudades donde el criminal sí está armado; sí actúa con violencia extrema; y sí goza de una impunidad estructural. Se mata por un celular, por una motocicleta, por un automóvil. El ciudadano honesto sabe que, si es atacado, el Estado probablemente llegará tarde —si es que llega—, pero también sabe que, si se defiende con eficacia, podría enfrentar más consecuencias legales que su agresor.
El segundo frente en la ruralidad y la seguridad nacional, es aún más complejo y revelador. Grupos marxistas-leninistas degenerados en híbridos de narcoterrorismo —el ELN, las disidencias de las FARC— extorsionan, secuestran, reclutan forzadamente y asesinan en regiones históricamente abandonadas. Cuando los campesinos, hacendados o comunidades indígenas y afro se organizan para defender sus vidas, sus tierras y sus posesiones, no reciben el respaldo del Estado. Por el contrario, son inmediatamente estigmatizados. La prensa progresista y ciertos organismos de derechos humanos, anclados en un sustrato ideológico de la Guerra Fría, los tildan de “paramilitares”, “fascistas” o “ultraderechistas”.
El campesino que protege su finca, la comunidad que se organiza para resistir al grupo armado que la somete, el ciudadano que se niega a ser desplazado o extorsionado, es presentado como una amenaza mayor que el criminal organizado. La defensa deja de ser un derecho y se convierte en un delito moral anticipado. Desde ciertos sectores progresistas, se promueve abiertamente la judicialización de la autodefensa, mientras se justifica o relativiza la violencia insurgente como “conflicto social no resuelto”.
Esta equiparación es un acto de perversión intelectual y moral mayúscula. Criminaliza la desesperación. Judicializa el instinto de supervivencia. Mientras el narcoterrorista goza de estatus de “actor armado” con el que se negocia, el campesino que defiende su granja con una escopeta es perseguido. Es la culminación de la guerra cultural en suelo colombiano: la narrativa ideológica triunfa sobre la realidad, sacrificando a los más vulnerables en el altar de la corrección política.
Se requiere firmeza ideológica. Denunciar que tras la equiparación entre autodefensa y paramilitarismo hay una ideología que simpatiza más con las “causas” revolucionarias (por más podridas que estén) que con el derecho elemental del pueblo a defender su vida y vivir en paz. La legítima defensa es el último reducto de la soberanía personal y comunitaria. Renunciar a ella, o permitir que sea convertida en anatema, no es un signo de progreso. Es la rendición final ante la ley de la jungla. Colombia debe elegir entre el imperio de los criminales y el derecho sagrado a la vida. No hay tercera vía.
