La extradición es una de las herramientas más eficaces en materia de cooperación judicial entre los países. Se cuentan con los dedos de la mano las democracias que prohíben la entrega de sus connacionales a otros países. Colombia, con ocasión de la aprobación de la constitución de 1991, dio un paso en falso al cercenar la extradición. El argumento de los constituyentes se centró en la defensa de la soberanía. Pero con el paso de los años pudo comprobarse que los carteles del narcotráfico se emplearon a fondo sobornando a los encargados de redactar la nueva Carta.
A mediados de los años 90 del siglo pasado, en medio del escándalo del proceso 8000, el Congreso colombiano aprobó la reforma en la que se estableció que la extradición de nacionales sería procedente sin retroactividad. Ahí, claramente volvió a sentirse la mano negra de la mafia criolla.
El trámite de extradición es innecesariamente engorroso, pues quedó establecido que en el mismo debe participar la corte suprema de justicia -esa misma que vende sentencias y que se vale de las leyes para desatar persecuciones políticas- para realizar una serie de trámites formales tales como la plena identificación de la persona requerida para evitar confusiones por homonimia, certificar que haya paridad respecto de los delitos que soportan el requerimiento porque de acuerdo con las leyes nacionales una persona no puede ser extraditada con el fin de responder por una conducta que en Colombia no esté contenida en el código penal.
La teoría indica que el papel de la corte es de tipo notarial, pero el paso de los años permite observar que los magistrados, abusiva e ilegalmente, han corrido el lindero de sus competencias.
Abundan los casos en los que los integrantes de ese cuestionado tribunal han prohibido la extradición de un connacional acudiendo a argumentos baladíes y a razones que no son de su competencia. En algunas situaciones han exigido que la persona solicitada solo puede ser extraditada cuando cumpla sus condenas en Colombia. En otros, han dicho que la extradición puede ser procedente cuando el implicado termine de reparar a sus víctimas.
Esas valoraciones son de la órbita del presidente de la República. Es él quien tiene en sus manos las facultades que le permiten obrar con discrecionalidad. Es él quien puede decidir si envía o no a un ciudadano ante los tribunales de otras naciones.
Volviendo a la naturaleza de la función que debe cumplir la corte suprema en los procesos de extradición, es evidente que esa tarea puede desempeñarla la oficina jurídica de cualquier entidad adscrita al Ejecutivo. Bien podría ser el ministerio de Justicia o la propia presidencia de la República los que chequeen que la persona en tránsito hacia la jurisdicción de otro Estado sí sea la misma que está siendo reclamada y que efectivamente el crimen cometido en dicho Estado también esté tipificado en Colombia. No es una labor compleja ni mucho menos. Un abogado con 30 segundos de experiencia profesional podrá realizar con lujo de competencias ese encargo.
Decenas de paramilitares con amplios prontuarios por narcotráfico, se salvaron de ser despachados hacia Norteamérica precisamente porque la corte suprema, extralimitando su competencia, impuso una lista inacabable de condiciones que terminaron impidiendo la entrega de esos delincuentes.
Se sienten pasos de animal grande respecto al capo alias ‘Otoniel’. El hecho de que por ahí ande merodeando el peligroso senador neocomunista Iván Cepeda, alias ‘Don Iván’ es suficiente motivo para sospechar que se está cocinando un montaje con el fin de salvar a ese capo de terminar su existencia en una solitaria y gélida celda de alguna cárcel de máxima seguridad estadounidense.
Es de amplio conocimiento que hace pocos años Cepeda anduvo clandestinamente buscando acercamientos con ‘Otoniel’. Obviamente, su intención es la de convertirlo en un falso testigo, así como hizo con el bandido Juan Guillermo Monsalve.
Hoy, las reglas para extraditar a ‘Otoniel’ son inequívocas. El presidente Duque ha dicho que se criminal será enviado a las cortes americanas. De eso él no tiene la menor de las dudas. Pero es menester esperar a ver con qué esperpento saldrá la corte suprema, esa misma que hace un par de años, a pesar de las evidencias, abrió las puertas de la cárcel y permitió que el capo de las Farc ‘Jesús Sántrich’ huyera hacia Venezuela, país en el que al cabo de unos meses perdió la vida en medio de un ajuste de cuentas entre la mafia.
Que sea esta la ocasión para retomar una antigua pero muy pertinente tesis: la de implementar una nueva reglamentación para hacer que la extradición sea adelante administrativamente sin que la corrupta corte suprema de justicia meta sus manos en ese tipo de procedimientos, pues es evidente que buena parte de los magistrados de ese tribunal juegan a favor del narcotráfico.
Publicado: noviembre 2 de 2021
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