Mientras los paramilitares fueron extraditados, los guerrilleros están en el Congreso y los Generales camino a la cárcel. La multiplicidad de instituciones y regímenes aplicables terminó causando más problemas que soluciones y de fondo hay un clamor de justicia que no entiende por qué hay estándares diferentes para situaciones semejantes. Quizás la amnistía sea el camino o quizás no, pero bienvenido el debate para solucionar una problemática de fondo que no se puede hacer a un lado.
Como tal, hoy en día existe una profunda asimetría en el tratamiento judicial que se aplica a los diferentes actores de la violencia en Colombia. Por un lado, los paramilitares bajo el proceso de Justicia y Paz se sometieron a un marco jurídico donde hubo penas de cárcel que oscilaron entre los 5 y 8 años para los máximos responsables, se mantuvo abierta la puerta para la extradición de aquellos que reincidieron en delitos y no hubo elegibilidad política.
Por otro lado, tras el acuerdo de La Habana las Farc quedaron bajo la sombrilla de la JEP, lo que implica que si los cabecillas aceptan su responsabilidad en los hechos acceden a unas sanciones que bajo ninguna circunstancia se pueden entender como cárcel o medidas de aseguramiento. Es decir, no hay prisión y, paralelamente, participan en política gracias a las curules automáticas que les fueron otorgadas.
A su vez, los soldados y policías están sujetos a una inseguridad jurídica de nunca acabar. En teoría, deberían ser juzgados por la jurisdicción penal militar en respeto al derecho que tienen de ser procesados por su juez natural. Sin embargo, la débil institucionalidad de estas entidades, la presión mediática y el lobby de las ONG han hecho que gran parte de las investigaciones terminen en la jurisdicción ordinaria, con lo cual los uniformados, sobre todo los altos mandos, terminan condenados a 20 o 30 años de prisión.
De hecho, en estos momentos los miembros de la Fuerza Pública se enfrentan a una difícil encrucijada entre someterse a un extenso, costoso y agotador proceso judicial para demostrar su inocencia en la jurisdicción ordinaria o irse por la vía rápida de la JEP, aceptar su participación en unos delitos que no cometieron y evitar el desgaste de las investigaciones, así tengan que sacrificar su buen nombre.
Independientemente de cualquier visión política que se pueda tener, lo cierto es que no es lógica ni justa esta diferencia de trato. Los paramilitares extraditados, los Generales en la cárcel y los guerrilleros en el Congreso. Justicia y paz vs jurisdicción originaria vs justicia penal militar vs la JEP. Un sancocho de entidades, leyes y sanciones que benefician a unos, perjudican a otros y hacen demasiado complicado el proceso de reconciliación.
Aunque lo ideal es que el aparato jurisdiccional del País no tuviera tantos fraccionamientos, la implementación de los distintos modelos de justicia transicional ha causado esta distorsión que al final termina generando más conflictos de los que soluciona.
Por eso, es más que necesario abrir el debate sobre cómo logramos equiparar los múltiples tratamientos jurídicos que existen. Eso sí, respetando los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición y sin caer en las leyes de perdón y olvido que actualmente son inviables de acuerdo a los estándares internacionales en esta materia.
Publicado: agosto 25 de 2021
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