Una “chambonada”, dijo Sergio Jaramillo, Alto Comisionado para la Paz, para referirse al decreto 903 que expidió Santos sobre los bienes y dineros de las Farc. Rafael Pardo le reviró con que era una chambonada decir que el Decreto era una chambonada. Pardo resalta que el decreto no es un error o una metida de pata. Es una decisión consciente y conjunta del Gobierno y las Farc y constituye la mayor operación de lavado de activos de la historia colombiana.
Primero, ningún decreto o proyecto de ley del Gobierno sobre el acuerdo con las Farc es expedido o presentado al Congreso sin el visto bueno de esa guerrilla. Ese cogobierno fariano se ejecuta por vía de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación de la Implementación del Acuerdo, la famosa CSIVI, donde las Farc tienen el mismo peso que el Gobierno, es decir, donde tienen posibilidad de vetar las propuestas gubernamentales. Si el CSIVI estudia todos los proyectos relacionados con el acuerdo, con mayor razón examinó a fondo éste que toca uno de los puntos que más interesa a las Farc: su fortuna. Y sí, el 903 fue aprobado por el CSIVI. Que la guerrilla y el Gobierno tenían claro el contenido y las consecuencias de ese Decreto lo confirmó Jairo Estrada, uno de los voceros de las Farc en el Congreso, en un programa de televisión con Daniel Pacheco en que debatimos el tema.
Segundo, en las reuniones tras el triunfo del NO en el plebiscito, dijimos al Gobierno que era indispensable establecer la obligación para las Farc de entregar todos sus bienes y dineros ilícitos y que era indispensable ponerle dientes a ese deber sancionando con la pérdida de todos los beneficios jurídicos, políticos y económicos que da el acuerdo a todo aquel que oculte o no entregue esos bienes y dineros. Hoy sabemos porque el Gobierno se negó a establecer tal sanción.
Tercero, lo que no se ha entendido de la famosa JEP y de la falsa pretensión gubernamental de que incentiva la verdad, es que si un guerrillero ha cometido cinco delitos, es un ejemplo sencillo, y la JEP le imputa cuatro, basta con que acepte esos que le fueron imputados para acceder a las “penas alternativas” y nada le pasa si no cuenta nada sobre el quinto. Si después se lo descubren y se lo imputan, bastará con que haga otro reconocimiento, será de nuevo beneficiario de otra “pena alternativa” y no habrá castigo por su ocultamiento. De manera que no hay tampoco responsabilidad penal para quien oculte o no entregue bienes y dineros ilícitos. Si es un guerrillero sujeto de amnistía, porque esa conducta y las conductas que le permitieron acceder a esos bienes y dineros han quedado amnistiadas. Si es de los que debe ir a la JEP, porque en ella solo debe reconocer los delitos que se le imputen para acceder a las “sanciones” de mentiras que tiene esa jurisdicción. Si en el mejor de los casos lo señalan de ocultar o no entregar bienes y dineros, solo tendrá que reconocer esa conducta para acceder a la “pena alternativa”.
Cuarto, además de los señalados incentivos perversos para que no se listen y entreguen los bienes y dineros ilícitos, el Decreto da un paso hacia peor: crea un fondo con un patrimonio autónomo con lo que se entregue y establece que lo entregado se destinará, además de para las víctimas, para el centro de pensamiento de las Farc y para sus actividades cuando los guerrilleros se desmovilicen. Es decir, tras el Decreto las Farc podrán acceder y disponer legalmente de su fortuna ilícita.
En otras palabras, el Decreto legaliza la billonaria fortuna de las Farc y permite que ellas la usen para sus actividades políticas y económicas. Convierte los bienes y dineros resultados del secuestro, la extorsión, el despojo de tierras y ganados, el narcotráfico y la minería ilegal en una fortuna legalizada a disposición de los criminales. Sí, ese Decreto es la finalización de una monumental operación de lavado de activos que empezó en las negociaciones, se concertó en el acuerdo y se concreta ahora.
El Fiscal, con valor, lo dijo. Nosotros lo habíamos advertido antes. Y hay que repetirlo: es ética y jurídicamente intolerable que las Farc pueden disfrutar, de cualquier manera y con cualquier propósito, de un solo peso de su fortuna criminal.
Finalmente, hay que resaltar que es contrario a la ética y a la justicia que los bienes y dineros que las Farc arrebataron a sus víctimas sean usadas como “reparación” a esas mismas víctimas. ¡Son sus bienes y dineros! Por supuesto que hay que restituírselos, hay devolvérselos a sus legítimos propietarios. Pero esa restitución no reemplaza la indemnización que le deben los victimarios a sus víctimas. La reparación en estricto sentido deben hacerla los guerrilleros de las Farc con su propio peculio. Así lo entiende muy bien la Corte Penal Internacional. En el Estatuto de Roma se establece “el decomiso del producto, los bienes y haberes procedentes directa o indirectamente de [un] crimen” y, por otro lado, una “multa” en cabeza del criminal con la que se indemniza económicamente a sus víctimas.
Publicado: junio 13 de 2017