Ángel Alirio Moreno: Reforma política: como anillo al dedo

Ángel Alirio Moreno: Reforma política: como anillo al dedo

El gobierno nacional acaba de presentar al Congreso de la República el Proyecto de Acto Legislativo No. 012 “Por medio del cual se adopta una reforma política y electoral que permita la apertura democrática para la construcción de una paz, estable y duradera”, el cual se tramitará mediante el Procedimiento Legislativo Especial para la Paz o Fast Track, que pese al despliegue mediático por la reciente sentencia de la Corte Constitucional, no se ve afectado en sus extremos temporales.

El mencionado proyecto incorpora al ordenamiento constitucional colombiano, unas nuevas disposiciones que pueden ser vistas como sustituciones parciales de la Constitución vigente, pero que seguramente serán aprobadas por las cámaras legislativas y declaradas exequibles por el órgano rector constitucional. Para la muestra, observemos el texto del artículo 16 del proyecto que plantea la modificación o la sustitución del artículo 262 de la Constitución el cual quedará así:

“ARTÍCULO 262. Los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos (…) inscribirán candidatos y listas únicas, (…). Las listas serán cerradas y bloqueadas. La selección de los candidatos de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica se hará mediante mecanismos de democracia interna de conformidad con la ley. En la conformación de las listas se observarán, entre otros, los principios de paridad, alternancia y universalidad. Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que sumados hayan obtenido una votación de hasta el quince por ciento (15%) de los votos válidos de la respectiva circunscripción, podrán presentar lista de candidatos en coalición para corporaciones públicas.”

Esta nueva norma, al establecer la obligatoriedad de las listas cerradas y bloqueadas para todos los partidos, en la práctica y en principio, lo que garantiza, es el derecho a estar en ellas a los actuales miembros del Congreso de la República. Como no habrá nuevos partidos –excepto el de las Farc- los electores tendrán que votar por los actuales partidos y por las FARC. Dicha reforma tiende a favorecer a los partidos con el mayor número de curules en el congreso: Liberal, Conservador, Cambio Radical, La U y el Centro Democrático. Para los partidos pequeños, el gobierno les lanza un salvavidas para que se unan en coalición, pero los condena a ser pequeños, porque solo les permite que se junten siempre y cuando unidos, no superen el 15% de la votación válida para Senado o Cámara con respecto a la anterior elección, es decir, la unión del Polo y el Partido Verde junto a otro, un tercero, más pequeño y ninguno más. Los otros partidos, si no logran ganar la carrera por ser ese tercero escogido por los verdes y el Polo; como en la carrera de los espermatozoides, se quedarán de camino, sin curul, aunque con personería jurídica por ocho años más, tal como lo dispone el parágrafo introducido en el proyecto, al artículo 108 de la Constitución, que garantiza que “Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica al momento de entrada en vigencia del presente acto legislativo conservarán la totalidad de los derechos que reconozca la Constitución y la ley a estas organizaciones sin necesidad de obtener, dentro de los próximos 8 años, el mínimo de votos y afiliados previsto en este artículo, sin perjuicio de las normas definidas para el nuevo partido que surja del tránsito de las FARC-EP a la vida civil”. Un consuelo.

El proyecto incorpora un parágrafo transitorio, cuyo tenor literal es: “Sin perjuicio de la organización democrática que establece la Constitución para los partidos y movimientos políticos, lo establecido en este artículo en cuanto a la obligación de desarrollar mecanismos de democracia interna entre los afiliados de las organizaciones políticas para escoger sus candidatos y sus listas, solo empezará a regir a partir del proceso electoral correspondiente al año 2019.” Lo que significa que para la elecciones de 2018 la democracia no será la esencia, ni la sustancia de los partidos.

Como se ven las cosas, pocos o posiblemente ninguno serán los cambios en la nómina de congresistas para el próximo periodo legislativo. Posiblemente los cambios se reflejen en la ausencia de curules para los partidos pequeños y rezagados. Si la reforma planteada en este proyecto se convierte en norma constitucional, los ciudadanos esteremos asistiendo en las próximas elecciones legislativas, a un acto electoral de corte plebiscitario, respaldando la tarea legislativa de los partidos políticos. Eso sí, las listas se harán y confeccionarán respetando la disposición del “parágrafo transitorio” libres de democracia. Vendrá en consecuencia y después, la Constituyente.

@AlirioMoreno

Publicado: mayo 23 de 2017