Carlos Holmes Trujillo: JEP viola estándares internacionales

Carlos Holmes Trujillo: JEP viola estándares internacionales

La Jurisdicción Especial de Paz viola los estándares internacionales de lucha contra la impunidad, a cuyo cumplimiento está obligada Colombia.

Las controversias sobre la Jurisdicción especial para la paz continúan, y seguirán presentándose, en virtud de la trascendencia de éste asunto para el futuro de la nación, así como el de la seguridad jurídica de los colombianos.

Por muchos esfuerzos que el Gobierno haga para convencer al país y a la comunidad internacional de que dicha jurisdicción cumple estrictamente con los estándares internacionales, en materia de lucha contra la impunidad, no lo conseguirá.

Y le será imposible lograrlo, por cuanto lo que resulta ser una evidencia a gritos es que los desconoce de manera flagrante.

Varios de los aspectos relacionados con la justicia, la dicha lucha contra la impunidad entre ellos, hacen parte hoy de marcos que están definidos en el derecho internacional público.

Están inscritos, además, en las obligaciones generales para combatirla que tienen los Estados, las responsabilidades consagradas en distintos instrumentos internacionales, el derecho consuetudinario, los principios generales del derecho, las decisiones judiciales y la doctrina.

De otro lado, los tan mencionados estándares internacionales son el producto de un largo proceso de elaboración, que ha contado con la voluntad permanente de los Estados miembros de la ONU, para hacer referencia solamente a ésta organización.

Basta mencionar que los “Principios Internacionales de lucha contra la Impunidad”, acogidos en el año 2005, materializan el trabajo realizado por mandato de la subcomisión de prevención de discriminaciones y protección de las minorías de las Naciones Unidas.

Gracias a ese encargo, que se puso en manos de Louis Joinet, y a la posterior revisión del estudio elaborado por el experto francés, efectuada por Diane Orentlicher, sumado a las fuentes antes mencionadas, existen las regulaciones que permiten saber si un Estado cumple o no con el deber de investigar, juzgar y condenar, si es el caso, al responsable de graves violaciones de los derechos humanos.

Colombia está obligada, de conformidad con los principios 19, 24, 26, 28 y 38, para mencionar solamente algunos, a lo siguiente:

1.Adoptar medidas apropiadas, especialmente en la esfera de la justicia penal, para que sean procesados, juzgados y condenados debidamente los autores de delitos graves; 2. Imponer, en esos casos, penas apropiadas; 3. Impedir que los autores se amparen en las disposiciones favorables que suelen aplicarse a los delitos políticos para evitar su extradición; 4. Garantizar que la verdad y la colaboración sean solo causa de la disminución de las penas, no un eximente de responsabilidad o de otro tipo; 5. Reformar las leyes y las instituciones administrativas que contribuyan a la violación de los derechos humanos o que las legitimen.

Colombia los viola todos.

Lo acordado en La Habana no conduce a que se condene debidamente a los responsables de los más graves crímenes que confiesen su responsabilidad oportunamente.

La restricción de la libertad, con la posibilidad de que esos mismos culpables puedan ser elegidos inmediatamente, no es una pena apropiada.

En contravía de las obligaciones convencionales, se permite que los responsables de atrocidades no sean extraditados, gracias a que se amparan en la favorabilidad, vía la conexidad, que se le concede a los delitos políticos.

La aceptación oportuna de la responsabilidad permite que los culpables no paguen un solo día de privación de la libertad.

Y en lugar de reformar el marco legal para impedir que se legitimen las violaciones de los derechos humanos, el Gobierno lo que hizo fue acordar medidas para legitimarlas, amparándolas bajo una sombrilla de motivación política.

¡Que no exista, entonces, duda alguna!

La JEP viola los estándares internacionales de lucha contra la impunidad, a cuyo cumplimiento está obligada Colombia.

@CarlosHolmesTru

Publicado: abril 24 de 2017