Daniel Araujo Campo: 120 mil razones para repensar la cárcel

Estamos ad portas de que la Corte Constitucional declare un nuevo Estado de Cosas Inconstitucional por la vergonzante situación en la que se encuentran más de ciento veinte mil personas que comparten los setenta y ocho mil cupos disponibles que existen en la infraestructura carcelaria y penitenciaria del país. Las violaciones a los derechos fundamentales de las personas ahí recluidas son sistemáticas y graves. La situación es compleja, y la ausencia de soluciones estructurales obedece a un número de razones que en todo caso no acaban por justificarle.

Ya en 1998 la Corte determinó que, porque en las cárceles se perpetuaba una vulneración sistemática de los derechos humanos de un grupo establecido de personas como consecuencia de la omisión del Estado en sus funciones, era de su competencia, como guardiana de la Constitución y protectora de los derechos fundamentales en ella contenidos, ordenar al ejecutivo la creación de cientos de nuevos centros de reclusión que permitieran superar la situación lamentable de hacinamiento. En aquella famosa sentencia esa corporación estimó: “Las condiciones de albergue de los internos son motivo de vergüenza para un Estado que proclama su respeto por los derechos de las personas y su compromiso con los marginados”. Y, teniendo razón en ello, al dar una orden directa al ejecutivo vulneró indiscutiblemente con ese acto la misma Carta que pretendía proteger al difuminar en nuestro modelo de Estado el principio de división de poderes que le servía de pilar.

A largo plazo esa discutida decisión no logró mayores cambios. La creación de nuevas camas en las cárceles, el mejoramiento de las condiciones de cada cuarto, y la construcción de nuevos centros penitenciarios no permitieron superar ni por un día el hacinamiento ni los problemas a este ligado. La génesis de esta vulneración sistemática, ya lo había advertido también la Sentencia, era nuestra política criminal, y no solamente de falta de infraestructura carcelaria, o la deficiencia en los servicios.

El dilema es hoy, como en ese entonces, político: O se construyen unos cinco mil quinientos cupos por año para los nuevos reclusos, o replanteamos como sociedad cuales van a ser los delitos que el Estado castigue con la privación de la libertad. Lo cierto es que no es fácil para un país pobre, asignar a costa de privar al resto de la sociedad de esos recursos, el dinero a quienes han atentado contra esa misma sociedad; Lo cierto es que reducir las penas de delitos, o hacer algunos delitos excarcelables supone para quien lidere la iniciativa, un costo político que ningún congresista o ministro podría asumir, aunque quisiera.

Ante lo primero es menester recordar que de las ciento veinte mil personas que el Estado tiene privadas de su libertad, más o menos un tercio no está condenado. Es decir, que, de conformidad con el principio de presunción de inocencia, hay unas 40 mil personas personas inocentes privadas de su libertad, compartiendo -literalmente compartiendo- espacios con personas condenadas. Ante lo segundo se hace imperativo reconocer que, de la población condenada, apenas un 40 por ciento cumplen penas de más de 10 años de prisión.

El Estado pierde su legitimidad cuando es incapaz de cumplir con sus funciones de manera efectiva y oportuna: Un Estado incapaz de garantizar dignidad para su población reclusa, y las condiciones para que la resocialización sea posible, no puede llamarse Estado Social de Derecho. Un Estado incapaz de coartar la libertad de las personas que atenten de manera grave contra su ordenamiento, y de desincentivar a través de la fuerza la conducta criminal, no puede llamarse Estado de Derecho. Para que el Estado sea efectivo en ambos propósitos debe desistir de perseguir conductas que bien podrían castigarse de maneras más provechosas para la sociedad. Multas, trabajo social.  Hablo de delitos menores. Hablo de personas que infrinjan las normas por primera vez.

Hoy los jueces se abstienen de enviar personas a la cárcel por la situación de hacinamiento, incluso a esas de quienes sí se debería proteger a la sociedad.  Las penas más altas no son las que disuaden las conductas criminales, sino la existencia de un Estado capaz castigar.  Es hora de repensar nuestra política criminal.  ¿Quién se va a atrever a hacer lo correcto, lo necesario, lo impopular?

@daraujo644

Publicado: marzo 11 de 2017