El pasado 17 de febrero entró en plena vigencia la Ley Estatutaria sancionada hace dos años, por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y establece los mecanismos de su protección.
A partir de ahora, se buscará garantizar el derecho a la salud de una forma ordenada, evitando abusos por parte de los diferentes actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
De relevante importancia es la definición en esta ley de los criterios que limitan la destinación de los recursos públicos asignados a la salud en casos como los servicios que no cuenten con evidencia científica sobre su seguridad y eficacia clínica, que no estén autorizados por la entidad competente, servicios que se presten fuera del país, que estén en fase de experimentación o que tengan un propósito cosmético o suntuario no relacionado con la recuperación o mantenimiento de la capacidad funcional del individuo. Se habla de una eliminación del Plan Obligatorio de Salud (POS), sin embargo lo que se establecerá es una lista de exclusiones que no estará dentro del Plan de Beneficios, cuya última actualización fue el 26 de diciembre de 2016. En este plan están definidos los beneficios a los que tendrán derecho en el 2017 los afiliados del SGSSS, plan que debe ser garantizado por todas las Entidades promotoras de Salud.
El establecimiento de límites a instituciones, profesionales de la salud y usuarios, facilitará la ejecución de sanciones y permitirá que la atención fluya de manera oportuna, humanizada y con adecuada gestión de los recursos.
Se resalta el hecho de conservar la autonomía de los profesionales de la salud con lineamientos orientados a la seguridad del paciente. Estas definiciones escritas, son un mecanismo para fortalecer los derechos y deberes que tienen tanto los profesionales de la salud como los pacientes dentro del sistema.
Se establece el respeto hacia los profesionales de la salud así como el mantenimiento de unas condiciones laborales justas y dignas.
Dentro de las disposiciones también se define que el Estado establecerá una política dirigida a la investigación y generación de nuevos conocimientos en salud con el fin de prestar servicios de alta calidad que impacte de manera positiva a la población.
Todo lo anterior, describe el ideal para que el Sistema de Salud funcione como se espera que sea. Sin embargo, después de los dos años de plazo que dieron para su implementación hay varios retrasos, como por ejemplo la contratación de los profesionales de la salud sigue siendo en la mayoría de los casos (principlamnete los especialistas) por prestación de servicios, siguen existiendo las demoras en los pagos, no hay un aumento significativo en la red de hospitales y clínicas en el país, por el contrario, instituciones se están viendo en la obligación de cerrar servicios como pediatría y medicina interna por la falta de sostenibilidad financiera. Ni hablar del tema de investigación, pues los recursos también han sido recortados y nuevas tecnologías han sido limitadas en el país. Tal vez, en lo que ha intervenido el Ministerio de Salud y ha tenido algún grado de cumplimiento ese en la regulación de los precios de los medicamentos.
De manera que hay mucho por hacer para que esta Ley Estatutaria empiece a reanimar a el moribundo sector de la salud en Colombia.
Publicado: febrero 27 de 2017