Juez del del caso Arias concluyó que el tratado de extradición entre Colombia y los Estados Unidos sí está vigente.
“La moción de emergencia para desestimar el caso por falta de jurisdicción es denegada”. Con esa frase, el juez John O’Sullivan que lleva el caso del exministro Andrés Felipe Arias cerró el memorial de 12 páginas con el que ratificó la vigencia de un tratado de extradición entre Colombia y los Estados Unidos.
A finales de octubre del año pasado, el mismo juez había ordenado la libertad condicional bajo fianza de Arias mientras se resolvía un recurso presentado por la defensa del exfuncionario según el cual su envío a Colombia era improcedente por cuanto la extradición era inaplicable como consecuencia de la declaratoria de inexequibilidad de la ley por medio de la cual se ratificaba el tratado.
En aquel momento, el juez O’Sullivan conminó a la fiscalía del distrito sur de la Florida para que en el término de 30 días allegara las evidencias que probaran la existencia del tratado. La condición impuesta por el juez permitió prever que Arias había ganado la batalla para impedir su extradición porque es un hecho cierto que, a la luz de la legislación colombiana, el tratado no existe dado que en 1986 la corte suprema de justicia de nuestro país declaró inexequible la ley que incorporaba el tratado al bloque de constitucionalidad, con lo que el acuerdo entre ambas naciones quedó en un limbo.
Pero el departamento de Estado de los Estados Unidos presentó documentos que contradijeron los sólidos argumentos de los abogados que representan los intereses del exministro Arias. En criterio del organismo responsable de la diplomacia norteamericana, “los Estados Unidos nunca han considerado que la decisión de la corte suprema de justicia de Colombia tenga como efecto suspender o terminar la ejecución del tratado…Colombia no le ha proveído a los Estados Unidos una nota manifestando su intención de terminar el tratado o una nota de invalidación que se acoja a los principios de la convención de Viena; desde el punto de vista de los Estados Unidos, las obligaciones del tratado se mantienen legalmente para ambas partes”.
El gobierno Santos se salió con la suya
A finales de diciembre del año anterior, causó revuelo una denuncia elevada por el propio exministro Arias quien reveló que el ministerio de relaciones exteriores de Colombia había remitido una nota diplomática en la que confirmaba, contradiciendo la verdad, que el tratado estaba vigente.
A pesar del ruido que se generó como consecuencia de la denuncia hecha por el doctor Arias, O’Sullivan tuvo en cuenta el documento de la cancillería colombiana a la hora de tomar su decisión. En su auto, el juez escribió que “la nota diplomática señala que Colombia considera que el tratado está vigente y que la solicitud de extradición del doctor Arias se realizó de conformidad con el tratado”, concluyó el juez de la causa.
Otro argumento que los abogados del exministro Arias utilizaron para justificar la inexistencia de tratado, fue a través de la presentación de casos en los que el gobierno colombiano, alegando la inexistencia de tratado, se abstuvo de conceder algunas extradiciones. Un ejemplo invocado es el del venezolano Walid Makled, alias “El Truco”, a quien Santos no envió a los Estados Unidos alegando que “nosotros tenemos un tratado de extradición con Venezuela; no tenemos un tratado de extradición con Estados Unidos. Eso es algo que la gente no sabe…”.
Al respecto, el juez O’Sullivan dijo que “la corte rechaza el argumento del Dr. Leiva (sic) [en referencia a Andrés Felipe Arias Leiva] según el cual la negación de extradiciones por parte de Colombia son evidencia de que el tratado no existe. Que el gobierno colombiano, a veces, haya rechazado solicitudes de extradición de los Estados Unidos, es un hecho irrelevante”.
Así mismo, el juez concluyó que “…las ramas ejecutivas de Colombia y los Estados Unidos han declarado que el tratado actualmente es efectivo…finalmente, el doctor Leiva [en referencia a Andrés Felipe Arias] se basa en la convención de Viena sobre el derecho de los tratados para apoyar su argumento de que el tratado de extradición no está en vigor… La corte considera que la cita de la convención de Viena no respalda la tesis de que el tratado no está vigente porque ninguna de las partes –Colombia o los Estados Unidos- ha notificado su intención de poner fin al tratado de extradición”.
Aún no será extraditado
La decisión adoptada por la corte si bien se constituye en un duro revés para Andrés Felipe Arias, no significa que él vaya a ser extraditado de manera inmediata a Colombia. De hecho, el juicio de extradición aun no ha concluido.
El exministro todavía tiene muchas instancias por delante. La primera, será la apelación del auto suscrito por el juez O’Sullivan. Si los abogados de Arias consideran viable, podrán buscar en una instancia superior que se examine su decisión.
Igual, todavía tienen la posibilidad de convencer al juez de que los argumentos presentados por Colombia para justificar la extradición no son suficientes ni concluyentes.
Otro elemento es el del asilo, pues la solicitud presentada por Arias en 2014, año en el que viajó a los Estados Unidos, no se ha resuelto. Es posible que en el camino de este juicio que puede durar más de 2 años si el caso llega hasta la corte suprema, el gobierno del presidente Trump conceda el asilo solicitado, con lo que automáticamente se suspendería la extradición del exfuncionario uribista.
A pesar del mal momento, Arias aún puede salvarse de ser enviado a Colombia a cumplir la cuestionable sentencia que en su momento le fue impuesta por una corte suprema de justicia politizada.
Publicado: febrero 7 de 2017