Sin saber cuánto tiempo durará la vigencia del Tribunal de Paz, Colombia tendrá indefinidamente a dos sistemas judiciales al tiempo.
Uno de los elementos más delicados del acuerdo alcanzado entre el gobierno y la organización terrorista de las Farc es el del establecimiento del denominado “Tribunal Especial de Paz” que se creará para solucionar la situación jurídica de los miembros de la guerrilla cuyos delitos no vayan a ser amnistiados.
El primer elemento que causa preocupación es el de la intemporalidad de aquel tribunal que podrá ejercer a lo largo y ancho de Colombia durante un periodo de tiempo indeterminado, cuando lo lógico es que se hubiera fijado un plazo de tiempo, dejando en manos del Congreso la facultad de prorrogarlo por periodos cortos.
En criterio del doctor Iván Cancino, “lo ideal es que se le hubiera puesto una fecha de duración al Tribunal de Paz, sobre todo para evitar que éste sea utilizado como una herramienta para infligir miedo y extorsión jurídica a los opositores de los acuerdos de La Habana”.
Otro de los elementos que causa confusión es el que tiene que ver con el alcance y el poder punitivo del tribunal, tal y como lo ha advertido Cancino, quien en diálogo con LOS IRREVERENTES dijo que “hay un elemento muy delicado sobre el que no se ha hablado lo suficiente y tiene que ver con que el Tribunal Especial de Paz tendrá facultades penales, pero también disciplinarias y fiscales, reemplazando a la Procuraduría y a la Contraloría”.
¿Cuál es el tribunal de cierre?
Desde que la Constitución de 1991 creó a la Corte Constitucional, entre los juristas ha habido un fuerte debate respecto de cuál es el tribunal de cierre en Colombia, dado que con el paso de los años la Corte Constitucional ha corrido el lindero de sus facultades dándole procedencia a acciones de tutela impetradas contra sentencias debidamente ejecutoriadas.
Pero en términos generales existe la percepción de que la Corte Suprema es el máximo tribunal de la justicia ordinaria, razón por la que sus sentencias se constituyen en el cierre de los procesos judiciales que se adelantan en el país.
Con la entrada en vigor del Tribunal Especial de Paz, éste ha sido definido como instancia prevalente sobre los demás tribunales existentes en Colombia, razón por la que, gracias al poder omnímodo que le otorgaron los negociadores del gobierno y las Farc, podrá ordenar que le entreguen todos los expedientes que les plazca y, lo que es aun peor, revisar sentencias que se encuentren en firme, lo cual, como es de suponer, produce una delicada inestabilidad jurídica.
Al respecto, el abogado Cancino apuntó que “la Corte Suprema de Justicia es un órgano de cierre y desde mi punto de vista, lo que la Corte ya falló no se podría reabrir. No pueden hacerse excepciones a la cosa juzgada, salvo cuando proceda una acción de revisión. En este asunto se presenta una situación supremamente difícil y que tiene que ver con el criterio que emplearán para definir qué asuntos hacen parte del conflicto y cuáles no. Hasta ahora, lo que hemos visto es a unos señores de las Farc que se creen jueces diciendo que el tribunal existe para proteger los acuerdos, para perseguir a los colaboradores y financiadores de las AUC, pero por ninguna parte he visto que ellos, los de las Farc, se vayan a someter, a contar la verdad y a reparar a sus víctimas”.
El profesor de la Universidad del Rosario, el también penalista Francisco Bernate expresó su preocupación por el hecho de que no se hubiera alinderado la competencia del Tribunal. Así las cosas, “cualquier hecho punible puede ser atendido por el nuevo Tribunal, pues nos e ha especificado cuáles son los delitos que son de su competencia y los autores de los mismos. Igualmente, preocupa que no se hubiera especificado que se va a respetar la cosa juzgada”, comentó en diálogo con LOS IRREVERENTES.
Bernate comparte la misma preocupación de Cancino respecto de la intemporalidad del tribunal al decir que “no sabemos cuántos tiempo Colombia deberá transitar con un sistema judicial ordinario y uno transicional, ni sabemos si el nuevo Tribunal respetará los términos procesales que están fijados en las leyes colombianas”, precisó.
Mientras esto sucede, la Corte Suprema, el Consejo de Estado y la Corte Constitucional han guardado un silencio sospechoso. Al fin y al cabo ellos, como cabeza de la rama jurisdiccional del poder público tienen el deber de salvaguardar la juridicidad de Colombia, tarea que claramente no han hecho, afectando gravemente al Estado social de derecho que supuestamente existe en el país.
@IrreverentesCol